Xardí­n das Burgas S.A., la empresa que en el 2000 habí­a formalizado un convenio con el Concello de Ourense para la explotación de un hotel-balneario sobre el terreno de la antigua Casa de Baños, no encuentra el camino. Pretendía que el Concello de Ourense y la Xunta le pagaran dieciséis millones de euros para recuperar no solo la inversión de aquel ambicioso proyecto, sino también los perjuicios económicos por la merma de derechos urbanísticos al haberse frustrado aquel convenio con la administración local. La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Galicia acaba de propinar un nuevo revés a las esperanzas de esa sociedad. Una sentencia que aún no es firme, susceptible de recurso, ha desmontado las pretensiones de Xardín das Burgas, a la que además se imponen costas hasta un máximo de 2.500 euros por cada una de las partes demandadas: Xunta, Concello y sus respectivas aseguradoras.

Los magistrados tachan de «desmesuradas» las reclamaciones. Para que no queden dudas, lo dicen en la primera lí­nea de la fundamentación de su sentencia. Reprenden a los demandantes, además, al afirmar que «confunde responsabilidad patrimonial, contratos y planeamiento». Recuerda la sentencia, igual que el TSXG ha hecho en gran cantidad de resoluciones de este tipo, «que las determinaciones de la ordenación urbaní­stica no confieren derecho a exigir indemnización», salvo en casos puntuales, que no es el caso. Y matizan, además, que «la previsión de edificabilidad por la ordenación urbanística, por sí­ misma, no la integra en el contenido del derecho de propiedad del suelo y la patrimonialización de la edificabilidad se produce únicamente por su realización efectiva».

La empresa había pedido licencia y presentado proyectos al Concello en 2004 y en 2005, pero la tramitación se suspendió en el 2006 al incoarse el expediente de declaración de interés cultural. Sin permiso expreso de Patrimonio no podía haber licencia de obra. Y así­ fue cómo se frenó un proyecto que PSOE y BNG tacharon desde el principio como pelotazo urbanístico.

La empresa fija en seis millones de euros los gastos ya realizados

La sentencia que ahora ha dictado el TSXG responde a dos demandas planteadas por Xardín das Burgas. Se acumularon en un único procedimiento. La primera es del año 2012 e iba dirigida contra la Consellería de Cultura de la Xunta, por el cambio de escenario normativo que introducí­a la declaración de Ben de Interés Cultural, que acabó suponiendo «una paralización de la actividad urbanizadora y de la posterior edificatoria», como indicaba la empresa en su demanda. La segunda, posterior y frente al Concello de Ourense, era del año 2013 y se trataba de una reclamación de responsabilidad patrimonial por los perjuicios que tienen su origen en el complejo urbanismo local. Detalla Xardín das Burgas en 6.070.226 de euros las inversiones y gastos ya consumados desde sus inicios en 1999. El perjuicio por no haberlo ejecutado lo cifra en 12.219.744 euros, aunque, como dice ahora el TSXG, «sin especificar».

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