Adjunto os remitimos tres acuerdos adoptados por el Pleno jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

En el primer acuerdo se examina las consecuencias penales para los promotores de vivienda por el incumplimiento de la obligación de devolución de las cantidades entregadas anticipadamente.

En el segundo se advierte sobre la insatisfacción del actual sistema de documentación de los juicios orales ante las posibles nulidades o absoluciones que pueden darse en caso de grabaciones defectuosas de los juicios orales siempre que dichas grabaciones resulten imprescindibles para resolver los recursos.

El tercer acuerdo trata sobre los bienes, efectos o caudales que integren el patrimonio de las sociedades mercantiles participadas por el Estado u otras Administraciones u Organismo Públicos, los cuales deben tener la consideración de patrimonio público y por tanto, pueden ser objeto material del delito de malversación.

Esperamos sea de vuestro interés.

Anexo Circular 124_2017 acuerdo_sala_ii_grabacion_juicios_1

Anexo Circular 124_2017 acuerdo_sala_ii_promotores_viviendas_1

Anexo Circular 124_2017 acuerdo_sala_ii_sociedades_mercantiles_participadas_1