• En Holanda un menor de 30 puede deducirse todo el gasto

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera acorde al Derecho comunitario el establecimiento de un tratamiento favorable a los menores de 30 años en el acceso a las deducciones para los gastos de formación profesional. Así lo determina en una sentencia del 10 de noviembre, en la que subraya que una discriminación de este tipo debe estar justificada objetiva y razonablemente y perseguir una finalidad legítima. Asimismo, asevera, los medios para conseguirla deben ser adecuados.

En el litigio, un ciudadano holandés de 32 años recurrió la limitación de 15.000 euros de la deducción para los gastos de formación profesional. Un tope que no existe para los menores de 30 años, a quienes se les permitía la deducción íntegra.

El Tribunal Supremo de los Países Bajos, tras albergar dudas sobre la compatibilidad con la Directiva 2000/78 relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación y el principio de no discriminación por razón de edad de dicho régimen tributario, consultó al TJUE si dicha diferencia de trato entra dentro del ámbito de aplicación de la norma y está justificada.

Fin legítimo

En primer lugar, el fallo determina que el régimen de deducciones de la formación profesional entra dentro del ámbito de la Directiva, ya que, si bien no condiciona el acceso a la misma, las consecuencias económicas «pueden tener repercusiones en la accesibilidad efectiva a tal formación».

Asimismo, el ponente del fallo, el magistrado Alexander Arabadjiev, asevera que el favorecer la inserción de los jóvenes en el mercado de trabajo es un fin legítimo, de acuerdo con el artículo 6.1.a) de la Directiva.

En este sentido, el TJUE avala las alegaciones del Gobierno neerlandés, que argumentó que los mayores de 30 años, generalmente, habían disfrutado de más años de formación y ya contaban con experiencia profesional. Por ello, al contar con una situación económica mejor que los recién salidos del sistema escolar, podrían asumir mejor la carga económica de una nueva formación.

En este sentido, el magistrado Arabadjiev recuerda que el Derecho de la UE concede a los Estados y a los interlocutores sociales un amplio margen de apreciación en materia de política social y empleo, por lo que un régimen como el controvertido no parece que «vaya más allá de lo necesario para alcanzar el objetivo de favorecer la situación de los jóvenes en el mercado de trabajo».

Por todo ello, el Tribunal avala el sistema neerlandés y confirma que la discriminación de los mayores de 30 en el acceso a las deducciones por formación profesional no es contraria al Derecho comunitario.

http://www.eleconomista.es/economia/noticias/7959252/11/16/La-UE-avala-favorecer-fiscalmente-la-formacion-laboral-de-los-jovenes-.html